Caracas - Venezuela
marzo 28 2024 / 12:41 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DEL DIA NACIONAL DEL CINE

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Como Vocera Del Pueblo Soberano

ACUERDO CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DEL DIA NACIONAL DEL CINE

 

CONSIDERANDO

Que hoy 28 de enero de 2016 se celebra el Día Nacional del Cine, fecha en que se atribuye al pionero Manuel Trujillo Durán la proyección en el Teatro Baralt de la ciudad de Maracaibo hace 119 años, las primeras películas producidas y filmadas en el país, dando así inicio a la industria cinematográfica en Venezuela;

CONSIDERANDO

Que por 119 años la producción cinematográfica en Venezuela ha sido fruto del tesonero esfuerzo de generaciones de hombres y mujeres, de autores, autoras, trabajadoras y trabajadores, creadoras y creadores todos, que han entregado lo mejor de sí, para realizar un sueño que nos defina como pueblo y Nación;

CONSIDERANDO

Que nuestro cine se ha sostenido con tenacidad y mística a lo largo de su historia, dando un relevante aporte a la cultura y al pueblo venezolano, logrando importantes premios y reconocimientos internacionales, y siempre acompañado del apoyo entusiasta de nuestro público;

CONSIDERANDO

Que los logros actuales de nuestro cine y su existencia misma son producto tanto del talento de los creadores que con su experticia, tiempo y entrega en cada una de sus obras han acompañado la lucha de la comunidad cinematográfica nacional, para lograr a través de una Ley de Cinematografía las condiciones necesarias para la producción  con la que hoy cuenta y de los espacios y pantallas para llegar a la mayor cantidad de venezolanas y venezolanos;

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expresa que los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios;

CONSIDERANDO

Que el Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, difusión, investigación, educación, protección, salvaguarda, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible y la memoria histórica de la Nación, mediante una gestión integrada, y con la participación del pueblo venezolano.

ACUERDA

PRIMERO: Saludar a toda la comunidad cinematográfica de la República Bolivariana de Venezuela que hace posible la creación y la producción de un cine nacional.

SEGUNDO: Destacar el esfuerzo individual y colectivo de los hacedores de nuestro cine, que han hecho de su oficio una labor de vida, para la creación de contenidos que nos nutran espiritualmente como nación, reiterando nuestro reconocimiento a todas las mujeres y hombres que día a día ponen su talento y empeño para enriquecer la conciencia y el corazón de nuestro pueblo haciendo más y mejor cine venezolano.

TERCERO: Exhortar a todas las instituciones a apoyar al cine venezolano, consolidando un respaldo a la cinematografía nacional para el fortalecimiento de sus instituciones, proyectos y eventos de desarrollo en la producción, investigación, formación académica,  promoción, difusión, divulgación y conservación a fin de fortalecer su capacidad cultural, técnica, científica y estratégica de responder a los retos emergentes del siglo XXI, por ser ésta una importante manifestación artística y cultural de nuestro país.

CUARTO: Remitir el presente acuerdo al Ministro del Poder Popular para la Cultura, para que lo haga extensivo a las distintas instituciones que conforman la plataforma de Cine y medios audiovisuales, como son: El Centro Nacional de Cinematografía, la Fundación Villa del Cine, Amazonia Films, la Fundación Cinemateca Nacional y a las instituciones, organizaciones y movimientos sociales involucrados con el desarrollo de la cinematografía nacional.

QUINTO: Que se continúen activando los beneficios que otorgan nuestra Constitución y Leyes conexas a todos los creadores culturales, que sigan implementándose los derechos constitucionales y sigan consolidándose espacios en los medios de comunicación audiovisual para crear y difundir las obras cinematográficas y audiovisuales nacionales en beneficio de nuestra población y de la proyección de nuestra Nación en el concierto internacional.

SEXTO: Exhortar a los entes correspondientes a promover la participación de nuestro cine en los espacios relacionados con su industria, geopolítica, mercados y procesos tecnológicos, así como también su papel  en la vigencia del desarrollo humano sustentable y sostenible.

SÉPTIMO: Dar publicidad al presente acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, Sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Caracas, a los 28 días del mes de enero del año dos mil dieciséis. Año 205° de la Independencia y 156° de la Federación.

 

 

HENRY RAMOS ALLUP

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

        ENRIQUE MÁRQUEZ                           JOSÉ SIMÓN CALZADILLA

         Primer Vicepresidente                              Segundo Vicepresidente

 

                                                                       

 

  ROBERTO MARRERO BORJAS                         JOSÉ LUIS CARTAYA

                Secretario                                                     Subsecretario

 

 

 

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