Caracas - Venezuela
marzo 28 2024 / 7:12 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO DE RATIFICACIÓN DE DESCONOCIMIENTO DEL FRAUDE CONSTITUYENTE Y SU INTENTO ILEGAL DE SUBORDINAR ANTE ELLA A LOS GOBERNADORES DEMOCRÁTICAMENTE ELECTOS

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Como Vocera del Pueblo libre, Soberano y Democrático

ACUERDO DE RATIFICACIÓN DE DESCONOCIMIENTO DEL FRAUDE CONSTITUYENTE Y SU INTENTO ILEGAL DE SUBORDINAR ANTE ELLA A LOS GOBERNADORES DEMOCRÁTICAMENTE ELECTOS

CONSIDERANDO

Que el pasado 30 de julio de 2017 el régimen de Nicolás Maduro, con el apoyo de la mayoría de los rectores del Consejo Nacional Electoral, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, avanzaron en un fraudulento proceso constituyente iniciado el 1ero de mayo de 2017 y perpetraron la ilegítima elección de los miembros de dicha inconstitucional instancia;

CONSIDERANDO

Que la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente ha pretendido subordinar a los poderes constituidos, sin ostentar la legitimidad para ello, por ser una instancia nula y por ende inconstitucional;

CONSIDERANDO

Que esta Asamblea Nacional, electa el pasado 6 de diciembre de 2015, como legítima representante del pueblo venezolano, ha denunciado la inconstitucionalidad y el fraude en que han incurrido el Poder Ejecutivo, el Poder Electoral y el Tribunal Supremo de Justicia, en relación a la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente, la elección de sus integrantes e instalación de la misma en absoluta contradicción a lo expresado por la voluntad popular y soberana;

CONSIDERANDO

Que en ningún caso el artículo 349 de la Constitución de la República puede interpretarse como el otorgamiento de un poder plenipotenciario a la Asamblea Nacional Constituyente sobre los demás poderes constituidos, excediendo los límites de la atribución de una Asamblea Constituyente, cuyo objeto conforme al texto expreso del artículo 347 de la Constitución es únicamente “crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”.

CONSIDERANDO

Que como esta Asamblea Nacional lo ha señalado en anteriores Acuerdos Parlamentarios, y como fue ratificado por el pueblo venezolano en el proceso de Consulta Popular del pasado 16 de julio de 2017, la Asamblea Nacional Constituyente es un fraudulento e ilegítimo proceso que solo pretende derogar la Constitución de 1999 por mecanismos distintos a los previstos en ella, en razón de lo cual, todos los actos y procesos derivados de tal instancia ilegítima deben ser desconocidos por los ciudadanos y los funcionarios públicos, quienes están en el deber de restablecer la vigencia de la Constitución de 1999, todo ello, conforme a los artículos 333 y 350 de nuestra Carta Magna;

CONSIDERANDO

Que de manera ilegal e inconstitucional la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente impide la juramentación de los gobernadores legítimamente electos ante los Consejos Legislativos y exige la juramentación ante ella, con la equívoca intención de pretender legitimarse, ignorando que ninguno de tales actos podría atribuirle la legitimidad de la que carece o extinguir su carácter fraudulento;

CONSIDERANDO

Que el Gobernador del estado Zulia, Juan Pablo Guanipa, se ha negado a subordinarse ante la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente pues ésta carece de legitimidad ante el país y ante el mundo;

CONSIDERANDO

Que el pasado lunes 23 de octubre, cuatro de los gobernadores electos el pasado 15 de octubre, decidieron acudir de forma unilateral ante la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente para un írrito acto de juramentación y subordinación, contrario a lo expresado por la soberanía popular;

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Regional debe juramentarse ante el órgano parlamentario de la respectiva entidad político territorial, de conformidad con lo previsto en las respectivas constituciones de los estados,  así como en el artículo 12 de la Ley Sobre Elección y Remoción de Gobernadores, el cual consagra que el Gobernador electo tomará posesión del cargo, previo juramento ante el Consejo Legislativo; y si por cualquier circunstancia no pudiere hacerlo ante dicha instancia, lo hará ante un Juez Superior de la correspondiente Circunscripción Judicial.;

ACUERDA

PRIMERO: Ratificar el fraude constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente y la usurpación de la soberanía popular, legítimamente representada por esta Asamblea Nacional, única titular del Poder Legislativo Nacional.

SEGUNDO: Rechazar y condenar las amenazas y agresiones en contra del Gobernador del estado Zulia, Juan Pablo Guanipa, y la pretensión inconstitucional de destituirlo del cargo para el cual fue electo, así como emplazar al Consejo Legislativo del estado Zulia a que proceda con la juramentación del Gobernador electo, respetando así la Constitución, la ley y la voluntad del pueblo zuliano. Asimismo, esta Asamblea Nacional manifiesta su respaldo al Gobernador electo del estado Zulia y ratifica su compromiso por hacer respetar el mandato de los zulianos.

TERCERO: Rechazar y desconocer las pretensiones de usurpar las funciones legislativas que le corresponden a este cuerpo parlamentario legítimamente constituido, conforme a la vigente Constitución de 1999.

CUARTO: Rechazar y desconocer cualquier tipo de subordinación por parte de autoridades electas ante la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente y reiterar que la única vocera del pueblo venezolano es la Asamblea Nacional, electa por catorce millones de venezolanos, el pasado 6 de diciembre de 2015.

QUINTO: Ratificar el mandato derivado de la Consulta Popular del 16 de julio de 2017, en virtud del cual, esta Asamblea Nacional, como legítima representante del pueblo de Venezuela, adoptará todas las medidas y acciones orientadas a deponer a la Asamblea Nacional Constituyente como instancia inconstitucional y de facto, en orden de restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

SEXTO: Expresar a la comunidad internacional el agradecimiento de parte del pueblo de Venezuela ante la solidaridad mostrada ante la profunda crisis que se mantiene en nuestro país y ratificar el llamado a mantener la presión de los mismos contra el régimen de Nicolás Maduro, asumiendo la importancia de ésta para lograr generar las condiciones para alcanzar un cambio político en Venezuela;

SÉPTIMO: Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

   JULIO ANDRÉS BORGES JUNYENT

Presidente de la Asamblea Nacional

 FREDDY GUEVARA CORTÉZ 

Primer Vicepresidente

  DENNIS FERNÁNDEZ SOLÓRZANO Segunda Vicepresidenta

 JOSÉ LUIS CARTAYA

 Subsecretario

 

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