Caracas - Venezuela
diciembre 21 2024 / 8:43 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADOS A LOS VENEZOLANOS QUE HAN SIDO EXPULSADOS DEL TERRITORIO NACIONAL

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LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En defensa de la Constitución, la Democracia y el Estado de Derecho

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN
DE REFUGIADOS A LOS VENEZOLANOS QUE HAN SIDO EXPULSADOS DEL TERRITORIO NACIONAL POR LA EMERGENCIA HUMANITARIA COMPLEJA QUE AQUEJA A NUESTRO PAIS

CONSIDERANDO

Que el proceso liderado por Nicolás Maduro Moros se ha convertido en un régimen usurpador y forajido que a su vez ha alentado que Venezuela se convierta en un Estado fallido, que no protege los Derechos Humanos de los venezolanos en ninguna de sus cuatro generaciones, con lo cual ha dado la espalda a su primigenia responsabilidad de proteger, generando con ello una Emergencia Humanitaria Compleja que se agrava día a día y que provoca que a la fecha se produzca una migración masiva de más de 4.5 millones de venezolanos que huyen en búsqueda de Protección Internacional;  

CONSIDERANDO

Que tal y como está contemplado en el informe del “Grupo de Trabajo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para abordar la crisis de migrantes y refugiados venezolanos en la región”:

 “A pesar de no padecer un conflicto bélico ni una catástrofe natural, 5.000 venezolanos huyen a diario. Las determinantes identificadas por el Grupo de Trabajo, a través de testimonios de venezolanos desplazados de manera forzosa, consultas con la sociedad civil e información suministrada por los gobiernos de países receptores son la crisis humanitaria, reflejada en la escasez de alimentos y medicamentos; el colapso económico, reflejado en una hiperinflación de 10.000.000%; la violación sistemática y generalizada a los derechos humanos, a través de persecución, represión, control social y delitos de lesa humanidad; las reiteradas fallas en el suministro de servicios básicos, tales como electricidad, agua y gas; y la violencia generalizada con una tasa de homicidios de 81 personas por cada 100.000 habitantes. Todas estas determinantes se pueden considerar, además, como alteraciones del orden público en la cotidianidad del ciudadano venezolano”,

CONSIDERANDO

Que, tal y como advierte el informe del “Grupo de Trabajo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para abordar la crisis de migrantes y refugiados venezolanos en la región”:

 “de no haber una (pronta) solución política, económica y social al corto plazo en Venezuela que permita el acceso a alimentos y medicamentos, la disminución de los índices delictivos, la recuperación del Estado de Derecho que garantice plenas libertades al ciudadano evitando persecuciones generalizadas y una mejora de la economía, las estimaciones son que para finales de 2019 pudiese haber entre 5.3 y 5.7 millones de migrantes y refugiados venezolanos y para 2020 entre 7.5 y 8.2 millones”.

Cabe destacar, que a nivel mundial, solo Siria que ha padecido una guerra por más de 8 años, supera a Venezuela en el flujo de migrantes y refugiados;

CONSIDERANDO

Que según las últimas cifras recabadas por el “Grupo de Trabajo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para abordar la crisis de migrantes y refugiados venezolanos en la región”, la situación de nuestros hermanos que han huido de la Emergencia Humanitaria Compleja y del conflicto es como sigue: Colombia 1.6 Millones; Perú 900 mil; EEUU 422 mil; Chile 400 mil; Ecuador 350 mil; Brasil 170 mil; Argentina 150 mil; Panamá 100 mil; México 70mil; República Dominicana 40 mil; Guyana 36 mil; Costa Rica 30 mil; Curaçao 26 mil; Canadá 22 mil; Aruba 16 mil; Uruguay 10 mil y Bolivia 10mil;

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con la “Declaración de Cartagena sobre los Refugiados”, más allá de la Emergencia Humanitaria Compleja, otro de los motivos por los cuales puede considerarse a los desplazados venezolanos como refugiados, es el relativo a “las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”. Por consiguiente, vale la pena destacar el encomiable trabajo desarrollado por la Subcomisión de Atención a los Exiliados por el conflicto, la crisis y la persecución política de la Comisión Especial de Justicia y Paz de la Asamblea Nacional, quien lleva el seguimiento y estudio sistemático e integral de esta situación en Venezuela;  

CONSIDERANDO

Que el aumento de restricciones migratorias a los venezolanos, lejos de solventar la crisis, la agravará. Aparte de las condiciones vulnerables en las que están saliendo las personas de Venezuela, solicitar una renovación de pasaporte o emitir uno nuevo en el país, es prácticamente imposible, por los costos, las redes de corrupción, la falta de material o la discriminación generalizada del régimen con quienes no comulguen con sus ideas. Por todo lo anterior, esta problemática regional solo podrá ser subsanada con una acción colectiva constante, que desarrolle el principio de solidaridad global y bajo la primacía en todo momento de los Derechos Humanos.

ACUERDA

PRIMERO. Ratificar de manera contundente la declaratoria de la responsabilidad del régimen usurpador encabezado por Nicolás Maduro Moros, ante la Emergencia Humanitaria Compleja agravada que se vive en Venezuela, y ser la causa del éxodo masivo de venezolanos que han huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.

SEGUNDO. Declarar a todos los desplazados venezolanos que han huido del país, con el estatus de Refugiado en toda la región, de acuerdo a lo contemplado en la “Declaración de Cartagena sobre los Refugiados” dado que son personas que han huido de sus países, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público; todo ello con la intención de poder garantizarles sus Derechos Humanos

TERCERO. Instar a toda la comunidad internacional a reconocer la Crisis de Refugiados venezolanos, y por consiguiente, otorgarle una dimensión global a la misma para su atención. No se le puede dar una visión regional, ni mucho menos subregional, al desplazamiento forzado de los venezolanos. Esta crisis amerita una respuesta global en términos de políticas públicas y de financiamiento internacional, bajo los procedimientos y protocolos establecidos por ACNUR al respecto.

CUARTO.  Instruir al Alto Comisionado Presidencial para las Relaciones Exteriores, diputado Julio Andrés Borges para lograr el reconocimiento en todos los países de la Región del estatus de Refugiado a todos los desplazados venezolanos.

De igual forma, persuadir a los Estados de la región a que eviten la puesta en práctica de políticas dirigidas al aumento de restricciones migratorias, por parte de países receptores de migrantes y refugiados venezolanos; y a evitar en lo posible, prácticas xenofóbicas, bajo la conciencia de que el venezolano no abandona su país voluntariamente, sino que lo hace forzosamente, al ser una “Persona Necesitada de Protección Internacional” (P.N.P.I.).

QUINTO. Declarar que solo con el cese de la usurpación, la instalación inmediata de un gobierno de transición que devuelva la plena vigencia de la Constitución, del Estado de Derecho y la convocatoria a unas elecciones verdaderamente libres y justas, donde el voto recupere su poder transformador de la sociedad en paz y libertad, es que será posible la creación de condiciones propicias para que haya un descenso de la migración forzosa y surjan incentivos dirigidos a los venezolanos para que retornen a su país.

SEXTO. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas a los quince días del mes de octubre 2019. Año 209° de la Independencia y 160° de la Federación.

 

 

 

JUAN GERARDO GUAIDÓ MÁRQUEZ

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

 

ÉDGAR JOSÉ ZAMBRANO RAMÍREZ

Primer Vicepresidente

 

 

 

IVÁN STALIN GONZÁLEZ MONTAÑO

Segundo Vicepresidente

 

 

EDINSON DANIEL FERRER ARTEAGA Secretario

 

 

JOSÉ LUIS CARTAYA PIÑANGO

Subsecretario

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