Caracas - Venezuela
noviembre 08 2024 / 4:32 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO EN DESCONOCIMIENTO DE LOS FRAUDULENTOS RESULTADOS ELECTORALES DEL 30 DE JULIO DE 2017CON LOS CUALES SE PRETENDIÓ IMPONER UNA ILEGÍTIMA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, Y EN REIVI

LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En Rescate de la Constitución, la Democracia y los Derechos Humanos

ACUERDO EN DESCONOCIMIENTO DE LOS FRAUDULENTOS RESULTADOS ELECTORALES DEL 30 DE JULIO DE 2017 CON LOS CUALES SE PRETENDIÓ IMPONER UNA ILEGÍTIMA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, Y EN REIVINDICACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1999 COMO FUNDAMENTO DEMOCRÁTICO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONSIDERANDO

Que el 30 de julio de 2017 el régimen de Nicolás Maduro, con el apoyo de la mayoría de los rectores del Consejo Nacional Electoral, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y la alta cúpula de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, avanzó en el fraudulento proceso constituyente iniciado el 1° de mayo de 2017, al realizar una supuesta e ilegítima “elección” de los miembros de tal ilegítima constituyente;

CONSIDERANDO

Que las autoridades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana han asumido el protagonismo en los anuncios relativos al proceso electoral, invirtiendo el principio constitucional de sujeción de la autoridad militar a las autoridades civiles; lo cual es una muestra del militarismo que se nos pretende imponer, en contravención a los valores cívicos y republicanos plasmados en la Constitución vigente de 1999;

CONSIDERANDO

Que como esta Asamblea Nacional lo ha señalado en diversos Acuerdos, y como fue ratificado por el pueblo venezolano en la consulta popular del 16 de julio de 2017, la asamblea nacional constituyente es un fraudulento e ilegítimo proceso que solo pretende derogar la Constitución de 1999 por mecanismos distintos a los previstos en ella, con el propósito de instaurar en Venezuela una dictadura de corte totalitaria, en razón de lo cual, todos los actos y procesos derivados de tal constituyente deben ser desconocidos por los ciudadanos y los funcionarios públicos, quienes están en el deber de restablecer la vigencia de la Constitución de 1999, todo ello, conforme a sus artículos 333 y 350;

  CONSIDERANDO

Que la fraudulenta elección del 30 de julio pretendió dar legitimidad al proceso constituyente, a pesar de que tal procedimiento se inició con la usurpación de la soberanía popular, la cual nunca fue consultada sobre la convocatoria de la asamblea constituyente, según lo ordena el artículo 347 constitucional;

CONSIDERANDO

Que además de lo anterior, la fraudulenta elección del 30 de julio se realizó al margen de garantías internacionales y constitucionales mínimas que deben estar presentes en cualquier elección democrática, muestra de lo cual es que a pesar de la alta abstención en los irregulares centros de votación admitidos para esta elección, quien ocupa la presidencia del Consejo Nacional Electoral anunció una supuesta y falsa participación de Ocho Millones Ochenta y Nueve Mil, Trescientos Veinte (8.089.320) de electores, lo que hace todavía más evidente el fraude cometido;

CONSIDERANDO

Que el pueblo de Venezuela, en ejercicio de su derecho a la resistencia, realizó diversas protestas pacíficas durante la jornada del 30 de julio de 2017, con el deplorable saldo de 16 personas asesinadas, cientos de heridos y numerosas personas detenidas de manera arbitraria, ante la represión a la cual ha acudido el régimen de Nicolás Maduro para tratar de imponer su fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente;

CONSIDERANDO

Que la comunidad internacional, con países como Argentina, Colombia, España, Estados Unidos de Norteamérica, México, al igual que organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Parlamento Europeo, manifestaron su desconocimiento al fraudulento proceso constituyente del régimen de Nicolás Maduro;

CONSIDERANDO

Que la fraudulenta elección de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente del 30 de julio de 2017, implica un cambio importante en el escenario político y constitucional venezolano, al representar el intento definitivo de instaurar la dictadura de corte totalitario amparada en la figura de la Asamblea Nacional Constituyente, todo lo cual exige la articulación de acciones efectivas e inmediatas orientadas a deponer tal forma despótica de gobierno, contribuyendo así al restablecimiento efectivo de la Constitución en Venezuela, en marco de los artículos 333 y 350 de esa Constitución, con la legitimidad democrática derivada de la consulta popular del 16 de julio y el apoyo de la comunidad internacional comprometida con la defensa universal de los derechos humanos y de la democracia constitucional.

ACUERDA

Primero: Ratificar que todos los actos relacionados con la Asamblea Nacional Constituyente incluyendo la supuesta elección de 30 del julio de 2017, deben ser desconocidos, al tratarse de un proceso basado en la usurpación de la soberanía popular y del Poder Constituyente Originario que reside exclusivamente en el pueblo de Venezuela. Asimismo, se ratifica el derecho de resistencia del pueblo de Venezuela frente a esa fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, así como el deber de los funcionarios e integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de desobedecer todos los actos derivados de la fraudulenta constituyente, y contribuir activamente para restablecer la vigencia efectiva de la Constitución de 1999.

Segundo: Desconocer la elección realizada el 30 de julio de 2017 de los integrantes de la fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, convocada sin referendo popular, en contra de la voluntad del pueblo y en contravención del artículo 347 de la Constitución.

Tercero: Rechazar la masacre y los delitos aberrantes cometidos contra los venezolanos, quienes en ejercicio legítimo de su libertad de expresión, de protesta y de resistencia, manifestaban en rechazo de ese fraude constituyente y expresar la solidaridad de este cuerpo parlamentario para con las víctimas de la represión, los detenidos y los familiares de los fallecidos, así como con todo el pueblo de Venezuela.

Cuarto: Ratificar el mandato derivado de la consulta popular del 16 de julio de 2017, en virtud de lo cual, esta Asamblea Nacional, como legítimo y exclusivo representante del pueblo de Venezuela, adoptará todas las medidas y acciones orientadas a deponer a la Asamblea Nacional Constituyente como poder ilegítimo y de facto, para restablecer efectivamente la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Quinto: Exhortar a la ciudadana Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de la República, a investigar especialmente los actos criminales contra los manifestantes, así como los delitos cometidos en la organización y realización del proceso electoral del 30 de julio de 2017, y ejercer las acciones que corresponda contra los funcionarios y personas que ordenaron y ejecutaron tales delitos, a los fines de hacer efectiva las responsabilidades penal, administrativa y disciplinaria de quienes hayan ordenado y ejecutado los actos de represión contra el pueblo y de quienes hayan participado en el fraude constitucional de la asamblea nacional constituyente.

Sexto: Exhortar al Ministerio Público a que adelante investigaciones y diligencias orientadas a establecer la responsabilidad penal de todos los funcionarios públicos y personas inmersas en el fraudulento proceso constituyente que se pretende imponer para cambiar violentamente la Constitución y cambiar la forma republicana de la Nación.

Séptimo: Agradecer la solidaridad expresada por la comunidad internacional para con el pueblo venezolano en rechazo del fraude constituyente, y coordinar las reuniones necesarias para conformar un frente de acción común de los Estados comprometidos con la defensa universal de los derechos humanos y los organismos internacionales correspondientes, para que a través de los mecanismos admitidos en el Derecho Internacional Público, contribuyan a deponer a la fraudulenta e ilegítima Asamblea Nacional Constituyente y a restablecer la vigencia efectiva de la Constitución de 1999.

Octavo: Apoyar al pueblo venezolano en el ejercicio de su derecho de resistencia frente al despotismo que pretende imponerse a través de la Asamblea Nacional Constituyente, a través de acciones organizadas y planificadas que contribuyan a deponer a tal ilegítima constituyente, realizando las acciones necesarias para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al mandato de la consulta popular del 16 de julio de 2017.

Noveno: Ratificar que el pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, desconocerá toda forma de gobierno despótico que derive de la asamblea nacional constituyente, sin que el pueblo quede vinculado a deber de obediencia alguna frente a tal constituyente y quienes contribuyan a su instalación h funcionamiento. Solo serán reconocidas a las autoridades que surjan de elecciones democráticas y libres.

Décimo: Remitir copia del presente Acuerdo al Secretario General y al Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), a la Organización de Naciones Unidas (ONU) a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a los miembros del cuerpo diplomático, en especial a los representantes de aquéllos Estados que se han pronunciado desconociendo la elección de la asamblea nacional constituyente.

Décimo Primero: Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, al primer día de agosto de dos mil diecisiete. Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

 

 

 JULIO ANDRÉS BORGES JUNYENT

Presidente de la Asamblea Nacional

  FREDDY GUEVARA CORTÉZ 

Primer Vicepresidente

 DENNIS FERNÁNDEZ SOLÓRZANO

Segunda Vicepresidenta

 

JOSÉ IGNACIO GUÉDEZ

Secretario

 

JOSÉ LUIS CARTAYA

 Subsecretario

 

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