Caracas - Venezuela
diciembre 21 2024 / 9:19 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO EN RECHAZO A LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO BARINAS POR PARTE DE UN GRUPO DE FUNCIONARIOS DE LA GUARDIA NACIONAL

ACUERDO EN RECHAZO A LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO BARINAS POR PARTE DE UN GRUPO DE FUNCIONARIOS DE LA GUARDIA NACIONAL

CONSIDERANDO

El informe presentado por los ciudadanos diputados a la Asamblea Nacional Teodoro Campos y José Pirela, miembros de la Comisión Permanente de Política Interior, en relación al caso de la masacre de los Galleros, ocurrido en la ciudad de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, denunciado por el ciudadano diputado por el estado Barinas Adolfo Superlano, sobre tortura, desaparición y muerte de un grupo de ciudadanos, por la mala praxis implementada por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana, de seguridad urbana de Barinitas estado Barinas;

CONSIDERANDO

Que es deber de la Comisión Permanente de Política Interior estudiar y analizar el informe de esta causa, que ingresó a la Comisión en sesión ordinaria número 4 de fecha 17-02-2016, mediante un derecho de palabra del ciudadano diputados a la Asamblea Nacional por el estado Barinas, Adolfo Superlano, acompañado de familiares de las víctimas, en el que denunció la detención ilegítima, tortura y ajusticiamiento extrajudicial de ciudadanos, por parte de un grupo de funcionarios pertenecientes a la Guardia Nacional Bolivariana;

CONSIDERANDO

Que es fundamento del Estado venezolano velar, por el cumplimiento de nuestra Constitución Nacional y por ende el buen funcionamiento de las instituciones, y esta Asamblea Nacional debe vigilar por el cumplimiento del orden jurídico de conformidad a lo establecido en los artículos 29, 43, 187 numeral 3, 222 y 223 de la Carta Magna, en concordancia con los tratados internacionales en especial lo que ver con la protección de los derechos humanos ratificados por la República; y que es facultad de la Comisión Permanente conocer, investigar, indagar y esclarecer todos aquellos hechos de violación de Derechos Humanos, identificando a los responsables, exhortando a las otras instituciones a participar y resolver todos aquellos hechos donde se manoscaben y conculquen los derechos de las personas;

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el informe presentado por la Comisión Permanente en el cual se describe que un grupo de cuatro jóvenes, de sexo masculino se encontraban junto a una femenina en su lugar de trabajo en la granja La Leonera, ubicada en la Avenida Mucusabiche de la ciudad de Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, propiedad de un ciudadano que dice ser mayor (GNB) en situación de retiro. Los ciudadanos Daniel Torres, Kevin José Carrasquero, Pedro Urbina, Alber Cardoza y Miguel Armando González, fueron abordados por una comisión de la referida institución castrense y trasladados en vehículos de la misma al destacamento ubicado en la ciudad de Barinitas, en las instalaciones del Liceo Militar General en Jefe José Antonio Páez, hecho que fue público, notorio; y de conmoción para los habitantes de la ciudad de Barinitas. Que cuatro de los precitados ciudadanos aparecieron asesinados con signos de tortura en la madrugada del día 06/02/2016, en el cementerio municipal de Barinitas, y horas más tarde, el día 07/02/2016 en horas de la mañana aparece asesinado y torturado Daniel Torres al lado de otro ciudadano.

CONSIDERANDO

Que luego de estos hechos descritos en el informe aparecen las declaraciones del entonces Comandante de la Zona 33 General de Brigada José Jesús Hernández Peralta, señalando un presunto enfrentamiento entre los ciudadanos antes señalados y los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana, Teniente Darío Gómez y los sargentos Annel Brito Rangel, Marcos Bulmer Briceño, Evernio de Jesús Peña, Gustavo Méndez Abreu y José Durán Contreras, todos hoy privados de libertad por un tribunal de control de la Circunscripción Judicial de Barinas, y recluidos en el Comando de la Zona 33 de la Guardia Nacional Bolivariana;

CONSIDERANDO

Que en atención a los hechos y denuncias, los diputados Teodoro Campos, José Pirela y Nora Delgado, miembros de la Comisión Permanente de Política Interior, orientaron, entrevistaron a personas con conocimientos de los hechos, y elaboraron un informe de las diligencias debidamente encomendada por la Presidencia de la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional, que se encuentra en proceso, haciendo las respectivas recomendaciones a la plenaria de la Comisión, gracias al trabajo realizado se logró la presentación ante el respectivo tribunal de control de los funcionarios involucrados, pese a la intromisión dilatoria por parte del General de Brigada de la Guardia Nacional Bolivariana Hubert Cortéz, actualmente Comandante de la Zona 33 con sede en la ciudad de Barinas, convirtiéndose de esta manera en un obstáculo para la justicia.

ACUERDA

Primero. Reiterar el compromiso de esta Asamblea Nacional a dar continuidad a las instituciones que llevan el referido caso de violación de los Derechos Humanos.

Segundo. Solicitar la comparecencia ante la Comisión Permanente de Política Interior del Fiscal nacional dr. Oliver Uribe, designado para la investigación que lleva adelante el Ministerio Público.

Tercero. Instar al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, General en Jefe Vladimir Padrino López, al Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana y al General de Brigada José de Jesús Hernández Perales, Jefe del destacamento Zona 33, a comparecer ante la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional, para que informen sobre el tutelaje de protección brindado por la institución que dirigen, a los funcionarios involucrados en los hechos señalados.

Cuarto. Exhortar al Ministerio Público a iniciar una investigación al ciudadano general de Brigada de la Guardia Nacional Bolivariana, José Jesús Hernández Perales, Comandante del Destacamento nro. 33, quien para el momento en que ocurrieron los hechos señaló públicamente su participación directa en los hechos sucedidos.

Quinto. Notificar del presente Acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por constituir los hechos denunciados un delito de las características de lesa humanidad, perpetrada por funcionarios militares venezolanos en funciones.

Sexto. Exhortar al Ministerio Público a solicitar ante el Poder Judicial, la radicación del juicio penal que se sigue a los militares involucrados en los hechos de la jurisdicción del estado Barinas, a otra entidad. Asimismo que el centro de reclusión debe ser distinto al actual, por cuanto se encuentran en un lugar que no otorga garantías al aseguramiento coercitivo de los funcionarios implicados.

Séptimo. Que la Comisión Permanente de Política Interior se constituya públicamente en hacerle un seguimiento a las investigaciones que realizan las instituciones involucradas, en brindarle seguridad a todos los venezolanos, en el entendido que son las garantes de la vida, la paz y la aplicación justa de la justicia. Asimismo declarase en observadores permanente en las actuaciones de los órganos de seguridad y protección de los ciudadanos, para que no ocurran hechos abominables que traen como consecuencia la pérdida de vidas inocentes.

Octavo. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas a los once días del mes de agosto de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

 

HENRY RAMOS ALLUP

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

 

ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ                   JOSÉ SIMÓN CALZADILLA

Primer Vicepresidente                        Segundo Vicepresidente

 

 

 

ROBERTO EUGENIO MARRERO BORJAS            JOSÉ LUIS CARTAYA

            Secretario                                          Subsecretario

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