LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Como Vocera del Pueblo Libre, Soberano y Democrático
ACUERDO PARA PROMOVER LA DECLARATORIA DE ZONA
PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA DOCENCIA AMBIENTAL
Y DE PROTECCIÓN DE LA BIODIVERSIDAD DENTRO
DE LA RESERVA FORESTAL CAPARO ESTADO BARINAS
CONSIDERANDO
Que el texto constitucional en su artículo 127 consagra la obligación del Estado y la sociedad de proteger la diversidad biológica para que toda persona se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, garantizando el disfrute de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, a cuyo efecto se debe promover la conservación, aprovechamiento sustentable, justo y equitativo de la diversidad biológica, para alcanzar la soberanía del Estado sobre sus recursos naturales;
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Nacional, mediante Resolución Número 22, del 2 de febrero de 1961 crea la Reserva Forestal Caparo, con el propósito de proteger el patrimonio forestal del estado Barinas, racionalizar el aprovechamiento de productos forestales en la zona, asegurando el funcionamiento de la industria maderera nacional así como la biodiversidad allí existente;
CONSIDERANDO
Que la Reserva Forestal Caparo, ha venido siendo sometida desde hace más de treinta y seis años a un proceso de ocupación ilegal, explotación irracional e indiscriminada de productos forestales y deforestación progresiva, al punto que, de las 175.000 Hectáreas originarias, sólo permanecen 12.000 de ellas bajo bosque, todo lo cual ha desnaturalizando el objeto fundamental de su creación;
CONSIDERANDO
Que en aras de preservar y salvaguardar el relicto de biodiversidad remanente de la Reserva Forestal Caparo y con el propósito de promover el desarrollo sostenible regional, la Universidad de Los Andes (ULA) en el año 1970, mediante un Convenio suscrito con el Ministerio de Agricultura y Cría y CorpoAndes, restablece la Estación Experimental Caparo conformada por 7000 Hectáreas de Bosques y desde entonces ha cumplido con un programa académico, dirigido a desarrollar el conocimiento y resaltar la importancia de la biodiversidad y de las tecnologías necesarias para manejar los bosques, así como los suelos deforestados. Igualmente ha desarrollado trabajos de educación con las comunidades dirigidos a orientar el desarrollo sustentable de la zona de conformidad con el Proyecto de Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso, elaborado por el Ejecutivo Nacional. En el año 2006, el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente y la Universidad de los Andes (ULA) celebran un contrato, mediante el cual le son cedidas a la universidad en calidad de comodato las referidas 7000 hectáreas de la Reserva Forestal Caparo, el cual venció en el año 2017;
CONSIDERANDO
Que la labor desarrollada por la Universidad de Los Andes en la estación Experimental de la Reserva Forestal Caparo, es merecedora de todo elogio y reconocimiento, pues ha permitido conservar los últimos vestigios de biodiversidad existente en esa zona, que ha sido devastada en forma brutal y criminal, como consecuencia de una explotación forestal irracional e indiscriminada, ejecutada sin ningún criterio científico de racionalidad;
CONSIDERANDO
Que la actuación de esta Universidad Autónoma en el ámbito de la protección del patrimonio forestal de la nación, ha permitido preservar 7000 hectáreas de la Reserva Forestal Caparo y que son las únicas que permanecen incólumes, gracias a la política de investigación y docencia forestal y protección del ambiente liderada por esa institución académica, constituyendo su presencia en la zona una barrera institucional de protección ambiental;
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Asamblea Nacional por órgano de la Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, conocer de los asuntos relativos a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente; el uso sustentable de los recursos naturales, el conjunto de los caracteres climáticos y el calentamiento global.
ACUERDA
Primero. Exhortar al Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular para Eco socialismo y Agua a que declare como “Área de Investigación y Docencia Ambiental y de Protección de la Biodiversidad” las 7000 hectáreas de la Reserva Forestal Caparo, administradas por la Universidad de Los Andes bajo de la figura de Comodato.
Segundo: Exhortar al Ministerio para Eco socialismo y Agua, a elaborar y someter a consideración del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Caparo, que permita organizar y racionalizar el desarrollo de esa área bajo régimen de administración especial
Tercero: Dar publicidad al presente Acuerdo.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los once días del mes de diciembre de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
OMAR ENRIQUE BARBOZA GUTIÉRREZ Presidente de la Asamblea Nacional
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JULIO CÉSAR REYES Primer Vicepresidente |
ALFONSO JOSÉ MARQUINA Segundo Vicepresidente
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NEGAL MANUEL MORALES LLOVERA Secretario |
JOSÉ LUIS CARTAYA Subsecretario |