Caracas - Venezuela
marzo 28 2024 / 12:20 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO QUE CONDENA LA VIOLENCIA Y REPRESIÓN POLÍTICA PROMOVIDA POR EL GOBIERNO NACIONAL

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LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

 

Con fundamento en el artículo 187, numeral 3, de la Constitución,
dicta el siguiente:

ACUERDO QUE CONDENA LA VIOLENCIA Y REPRESIÓN POLÍTICA PROMOVIDA POR EL GOBIERNO NACIONAL

CONSIDERANDO

Que en las últimas semanas se han producido en el país acciones violentas o de represión institucionalizada promovidas por el Gobierno nacional que menoscaban seriamente los derechos humanos y las garantías democráticas;

CONSIDERANDO

Que en estas situaciones han tenido participación, por sus actuaciones o instrucciones, el Presidente de la República, el Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y el Director del Servicio Bolivariano de Inteligencia y Prevención (SEBIN), u otros cuerpos de seguridad, y grupos armados que operan con su aquiescencia;

CONSIDERANDO

Que entre los hechos de violencias generados destacan el amedrentamiento o agresión contra  diputados en el aeropuerto de Valera y en el Hospital de Maracay; los ataques contra estudiantes en las ciudades de Barinas, Mérida y Maracaibo;  sucesos acaecidos en la ciudad de Barinitas; expulsión de ciudadanos de sus viviendas por razones políticas; detención arbitraria de trabajadores cercanos a líderes de la oposición y de indígenas del Estado Amazonas;  agresión a dirigentes políticos en los estados Lara y Zulia; cierre de emisoras de radio el estado Bolívar; maltrato a trabajadores y diputados en las adyacencias de la Asamblea Nacional  por grupos violentos; entre otros;

CONSIDERANDO

Que órganos del Poder Judicial se han sumado a esta política represiva, al pretender cercenar el derecho a la manifestación de la ciudadanía, que reclama mayoritariamente la apertura de un cauce constitucional y democrático que permita al pueblo, en ejercicio de su soberanía, dar los primeros pasos para resolver la crisis política y económica creada por el Presidente de la República;

CONSIDERANDO

Que la represión política promovida por el Ejecutivo Nacional se ha traducido en hechos de tortura, maltratos a detenidos, detenciones arbitrarias y persecución política;

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con la Constitución (art. 25) y los tratados internacionales sobre derechos humanos, quienes lleven a cabo esas u otras graves violaciones a los derechos humanos son responsables penal, civil y administrativamente, sin que le sirvan de excusa órdenes superiores;

CONSIDERANDO

Que la reciente escalada represiva es expresión de una situación estructural de violaciones a los derechos humanos, así calificada por organismos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, inscrito en la Organización de Estados Americanos, y por la organización de las Naciones Unidas, así como de una persecución política generalizada, también reconocida por estas instancias internacionales.

ACUERDA

PRIMERO. Condenar de la manera más enérgica la violencia y la represión política promovida por el Ejecutivo Nacional.

SEGUNDO. Exigir al Presidente de la República, al Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores,  Justicia y Paz, y al Director del Servicio Bolivariano de Inteligencia y Prevención que pongan término a las medidas o políticas que están generando violencia y represión y han implicado actos de tortura, maltratos contra detenidos, detenciones arbitrarias y otras graves violaciones a los derechos humanos.

TERCERO. Recordar a los órganos del Poder Judicial que su función primordial es la garantía de los derechos humanos y no colocarse al servicio de la represión política.

CUARTO. Designar una Comisión Especial que investigue los hechos recientes de violencia y persecución política promovidos por el Ejecutivo Nacional.

QUINTO. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

 

 HENRY RAMOS ALLUP

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

ENRIQUE MÁRQUEZ PÉREZ                 JOSÉ SIMÓN CALZADILLA

Primer Vicepresidente                            Segundo Vicepresidente

 

 

ROBERTO EUGENIO MARRERO BORJAS              JOSÉ LUIS CARTAYA

            Secretario                                       Subsecretario

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