Caracas - Venezuela
marzo 29 2024 / 9:10 a. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO REITERANDO EL DESCONOCIMIENTO DE LA FARSA REALIZADA EL 20 DE MAYO DE 2018 PARA LA SUPUESTA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

LA ASAMBLEA LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En defensa de la Constitución, la Democracia y el Estado de Derecho

ACUERDO REITERANDO EL DESCONOCIMIENTO DE LA FARSA REALIZADA EL 20 DE MAYO DE 2018 PARA LA SUPUESTA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que en acuerdos aprobados el 27 de febrero, 27 de marzo y 15 de mayo de 2018, esta Asamblea Nacional concluyó que la farsa convocada por la ilegítima asamblea nacional constituyente y el Consejo Nacional Electoral para el 20 de mayo del presente año a los fines de la supuesta elección del Presidente de la República, debía considerarse un evento fraudulento, ilegítimo y por ende jurídicamente inexistente, de conformidad con los artículos 25 y 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;

CONSIDERANDO

Que la farsa realizada el 20 de mayo incumplió todas las garantías electorales reconocidas en Tratados y Acuerdos de Derechos Humanos, así como en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de Procesos Electorales, tomando en cuenta la ausencia efectiva del Estado de Derecho; la parcialidad del árbitro electoral; la violación de las garantías efectivas para el ejercicio del derecho al sufragio y para el ejercicio del derecho a optar a cargos de elección popular; la inexistencia de controles efectivos en contra de los actos de corrupción electoral perpetrados por el Gobierno; la sistemática violación a la libertad de expresión, aunada a la parcialidad de los medios de comunicación social controlados por el Gobierno, y la ausencia de mecanismos efectivos y transparentes de observación electoral;

CONSIDERANDO

Que diversos actores de la comunidad internacional ya se han pronunciado para desconocer la farsa llevada a cabo el 20 de mayo de 2018, como es el caso del Grupo de Lima, quien concluyó que “no reconocen la legitimidad del proceso electoral” y que por ende, “acuerdan reducir el nivel de sus relaciones diplomáticas en Venezuela”;

CONSIDERANDO

Que a pesar de los más perversos mecanismos de control social implementados por el régimen de Nicolás Maduro Moros, tales como, el carnet de la patria, los puntos rojos y las cajas CLAP, es un hecho público y comunicacional que el pueblo de Venezuela, en su gran mayoría, decidió no participar en la farsa del 20 de mayo, desconociendo un proceso ilegítimo en su origen y que además, estuvo plagado de constantes abusos cometidos por el régimen, con la complicidad del Consejo Nacional Electoral y la ilegítima asamblea nacional constituyente;

CONSIDERANDO

Que la farsa realizada el 20 de mayo no permite solucionar la grave crisis humanitaria por la que atraviesa Venezuela, y que por el contrario, solo contribuirá a afectar todavía más los problemas de gobernabilidad existentes, agravándose así la crisis venezolana con efectos importantes en toda la región;

CONSIDERANDO

Que la Fuerza Armada Nacional, en concreto los funcionarios del Plan República, fueron los principales testigos de las irregulares de la farsa realizada el 20 de mayo, y que de conformidad con el artículo 328 de la Constitución la Fuerza Armada Nacional constituye una institución sin militancia política y por ello una institución al servicio y defensa de la Constitución.

ACUERDA

Primero. Declarar como inexistente la farsa realizada el 20 de mayo de 2018, al haberse realizado completamente al margen de lo dispuesto en Tratados de Derechos Humanos, la Constitución y las Leyes de la República.

Segundo. Desconocer los supuestos resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral y en especial, la supuesta elección de Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República, quien debe ser considerado como un usurpador del cargo de la Presidencia de la República.

Tercero. Desconocer cualesquiera actos írritos e ilegítimos de proclamación y juramentación en virtud de los cuales se pretenda investir constitucionalmente al ciudadano Nicolás Maduro Moros como supuesto Presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el período 2019-2025.

Cuarto. Exaltar la decisión del pueblo de Venezuela, quien en defensa de nuestra Constitución y bajo el amparo de los artículos 333 y 350 que la misma consagra, decidió rechazar, desconocer y no convalidar la farsa convocada para el 20 de mayo, a pesar de la presión gubernamental a través de los medios de control social.

Quinto. Reiterar el exhorto a la comunidad internacional para que sean practicados sus buenos oficios en la oportunidad de aumentar las condiciones que deriven en la solución de la crisis humanitaria y en el restablecimiento de la Democracia en el país.

Sexto. Reiterar el exhorto a la Fuerza Armada Nacional para que cumpla y haga cumplir la Constitución y se le devuelva la soberanía al pueblo venezolano.

Séptimo. Convocar al pueblo de Venezuela, a todos los actores políticos, funcionarios públicos, y representantes de la sociedad civil para unir esfuerzos a los fines de diseñar una estrategia unitaria para promover un cambio político en Venezuela, orientado al restablecimiento efectivo del Estado de Derecho y de la democracia constitucional, tal y como lo ordena el artículo 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Octavo. Ratificar el compromiso para producir los cambios políticos y constitucionales que permitan rescatar las condiciones de integridad electoral y lograr así elecciones presidenciales libres y transparentes en el 2018, tal y como lo dispone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Noveno.  Notificar a los órganos del Poder Público y a los representantes del cuerpo diplomático sobre el presente Acuerdo.

Décimo. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los 22 días del mes de mayo de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.

 

OMAR ENRIQUE BARBOZA GUTIÉRREZ

Presidente de la Asamblea Nacional

 

  JULIO CÉSAR REYES   

Primer Vicepresidente

 

 

 

ALFONSO JOSÉ MARQUINA

Segundo Vicepresidente

NEGAL MANUEL MORALES LLOVERA

Secretario

 

                    

JOSÉ LUIS CARTAYA

Subsecretario

 

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