Caracas - Venezuela
marzo 28 2024 / 6:46 p. m.

Acuerdos aprobados en la plenaria en las distintas áreas de interés nacional

ACUERDO SOBRE EL DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓNDE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

En defensa de la Constitución, la Democracia y los Derechos Humanos,

 ACUERDO SOBRE EL DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN
DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

CONSIDERANDO

Que desde el 25 de noviembre de 1981 se conmemora el día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer en todo los países del mundo. Conmemorando el asesinato de las tres hermanas Mirabal en República Dominicana, y que a partir de 1999 esta jornada de reivindicación fue asumida por la Asamblea General de las Naciones Unidas, invitando a todos los gobiernos, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales a convocar actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública sobre la violencia contra la mujer;

CONSIDERANDO

Que, para la conmemoración de tan importante día, el Programa de La Organización de las Naciones Unidas para la Mujer ha escogido para el presente año 2018, el tema "Ahora es el momento: Las activistas rurales y urbanas transforman la vida de las mujeres";

CONSIDERANDO

Que el Estado venezolano se encuentra en mora con los compromisos internacionales contraídos para combatir la violencia contra las mujeres;

CONSIDERANDO

La resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de Linda Loaiza demuestra negligencia por parte del Estado venezolano en el caso de violencia de género del cual fue víctima en el año 2001. Siendo éste emblemático en la lucha por la defensa de los Derechos Humanos en Venezuela, e histórico por ser el primer caso de un nacional contra un Estado;

CONSIDERANDO

Que entre los tipos de violencia hacia la mujer no solo está la violencia física y la sexual, sino también la psicológica, la patrimonial, la verbal, la económica y la laboral; que en muchas ocasiones no dejan huellas visibles pero generan un daño permanente en las víctimas;

CONSIDERANDO

Que en la emergencia humanitaria que vive Venezuela, aproximadamente el 60% de los hogares más pobres tienen como cabeza de familia a la mujer, y son ellas quienes sirven de amortiguador del deterioro alimentario familiar, y que de esos hogares el 75% se encuentran en una situación de pobreza extrema; colocando así a la mujer en una situación de vulnerabilidad, siendo víctima en muchas ocasiones de la violencia sexual comercial como única alternativa para afrontar la crisis económica;

CONSIDERANDO

Que desde el año 2011 no existen cifras oficiales que arrojen el número de feminicidios en el país, ya que el Ministerio Público no desglosa los asesinatos de las mujeres de manera diferenciada, siendo la violencia física y sexual a las mujeres como una política del Estado para el amedrentamiento, control y disminución de las protestas que surgen en el país;

CONSIDERANDO

Que la violencia psicológica contra las mujeres y sectores vulnerables de la sociedad van cada día en aumento, sufriendo las mujeres tres veces más los embates del colapso de los servicios públicos, pues pierden hasta un día haciendo cola para adquirir los alimentos y el gas doméstico con el que cocinan los pocos alimentos adquiridos para la familia, los cortes eléctricos han mermado su calidad de vida, y la escasez de agua supone en muchas ocasiones una caminata de al menos media hora entre su hogar y el punto más cercano para obtener el vital líquido, limitando a la mujer únicamente a su rol reproductor u hogareño, y coartando su derecho al desarrollo en los demás aspectos de su vida;

CONSIDERANDO

El acoso laboral, callejero y sexual como tipos de violencia que menoscaban y buscan disminuir el rol de la mujer, haciéndolas en ocasiones abandonar los espacios para resguardar su integridad;

CONSIDERANDO

La falta de acceso a programas de atención integral y de tratamientos para el cáncer de mama donde se deben esperar hasta dos años para poder hacerse cirugías, siendo esta otra forma de violencia hacia la mujer por parte del Estado;

CONSIDERANDO

Que las mujeres indígenas son objeto de discriminación y violencia sexual por parte de mineros ilegales, actores armados no estatales y miembros de las fuerzas militares.

CONSIDERANDO

Los altos índices de migración actual, en los cuales miles de mujeres venezolanas son explotadas sexualmente en la frontera o que se han visto en la necesidad de acudir a la prostitución para mantener a sus familias en el nuevo sitio destino;

CONSIDERANDO

La violencia política hacia las mujeres como una herramienta para desacreditarlas, degradarlas, humillarlas o hacerlas sentir menos frente a quienes las agreden ante la opinión pública.

ACUERDA

PRIMERO. Exigir al Estado venezolano en todos sus niveles que cumpla con el mandato de la ONU y de los múltiples convenios internacionales a los que está adherido para erradicar la violencia de género en el país.

SEGUNDO. Exigir al Estado venezolano que cumpla con su deber y asuma todas las obligaciones emanadas desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Linda Loaiza.

TERCERO. Exigir la apertura inmediata de un corredor humanitario que tenga en consideración las necesidades específicas de las mujeres, adolescentes y niñas de los hogares más pobres del país para solventar la grave situación en salud y alimentación que padecen día a día.

CUARTO. Garantizar desde la Asamblea Nacional el apoyo a los programas, campañas y proyectos, relacionados a la lucha contra la violencia de género.

QUINTO. Iniciar un proceso de investigación para obtener cifras concretas sobre la violencia contra las mujeres, la trata de blancas, la prostitución y los feminicidios a las venezolanas dentro y fuera del territorio.

SEXTO. Exigir al Poder Judicial, al Ministerio Público y a la Defensa Pública realice las acciones necesarias para que la Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sea aplicada correctamente, garantizando el acceso a la justicia, con la correcta rendición de cuentas por parte de los agresores y la reparación del daño a las víctimas.

SÉPTIMO. Solicitar a los países de la región y países de acogida de nuestras migrantes, que entiendan la grave crisis que vive Venezuela y puedan generar mecanismos eficaces para evitar la violación de los derechos de las mujeres y niñas migrantes y refugiadas para que sean protegidas en su vulnerabilidad.

OCTAVO. Exhortar a todos los miembros de la Asamblea Nacional a trabajar en la lucha por la eliminación y concientización sobre la violencia de género, así como transversalizar el tema y trabajar en conjunto a la Sub Comisión de la Mujer e Igualdad de Género, participando en cada una de sus actividades y programas.

NOVENO. Enviar el presente acuerdo a los distintos organismos internacionales de protección de los Derechos Humanos de las mujeres y a las embajadas acreditadas en el país, para que conozcan de primera mano como el Ejecutivo Nacional niega la atención especializada a las mujeres en materia de violencia de género.

DÉCIMO. Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.

 

  • OMAR ENRIQUE BARBOZA GUTIÉRREZ
  • Presidente de la Asamblea Nacional
  • JULIO CÉSAR REYES
  • Primer Vicepresidente

 

 

  •  ALFONSO JOSÉ MARQUINA
  • Segundo Vicepresidente

 

 

 

  • NEGAL MANUEL MORALES LLOVERA
  • Secretario

 

  • JOSÉ LUIS CARTAYA
  • Subsecretario

 

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