LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Como Vocera del Pueblo Soberano
En uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 77 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, en concordancia con lo aprobado en la Sesión Plenaria del día dieciséis de enero de dos mil dieciocho.
ACUERDA
MOCIÓN PARA DECLARAR EL INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 237 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PRIMERO. Declarar el incumplimiento por parte del Presidente de la República NICOLÁS MADURO MOROS del artículo 237 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por no presentar ante la Asamblea Nacional legítimamente electa por el pueblo venezolano, su mensaje anual ni rendir cuentas de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año 2017, tal y como lo ordena el referido artículo constitucional.
SEGUNDO. Remitir copia de la presente al ciudadano Presidente de la República.
TERCERO. Dar publicidad a la presente.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil dieciocho. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
OMAR ENRIQUE BARBOZA GUTIÉRREZ Presidente de la Asamblea Nacional |
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JULIO CÉSAR REYES Primer Vicepresidente |
ALFONSO JOSÉ MARQUINA Segundo Vicepresidente |
NEGAL MANUEL MORALES LLOVERA Secretario |
JOSÉ LUIS CARTAYA Subsecretario |