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marzo 29 2024 / 7:53 a. m.

Asamblea Nacional aprueba voto a distancia de los diputados perseguidos para defender la decisión expresada en la mayoría parlamentaria electa

Fecha: 17/12/2019

Prensa AN

(Caracas, 17 de diciembre de 2019). La Asamblea Nacional modificó este martes, en su segunda sesión extraordinaria, su Reglamento de Interior y de Debates (RIDAN), específicamente en los numeral 4, artículo 13 y los artículos 43 y 56, a fin de  defender la decisión de los ciudadanos expresada en la mayoría parlamentaria electa.

El motivo de la modificación es ofrecer a los diputados que se encuentran en el exilio,  el cumplimiento de sus funciones parlamentarias a través de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

La diputada Dennis Fernández estuvo a cargo de presentar la propuesta de modificación del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, argumentando la necesidad de modificar tres artículos para garantizar el mejor funcionamiento del Parlamento y que el mundo vea lo que está pasando.

Los cambios, aprobados por la votación de 93 de los parlamentarios, tiene que ver con los deberes de los diputados, su asistencia y hasta del cumplimiento de las facultades legislativas a través de internet. Así como la admisión de las TIC para garantizar el quórum y las deliberaciones.

Igualmente, para celebrar sesiones especiales, así como dar el carácter público de las mismas, lo que requiere la participación de ANTV en las transmisiones.

"Lo que se está generando es la utilización, en momentos cruciales, de las TIC, para que los legítimos diputados que se encuentran fuera del país puedan participar, debatir y decidir", argumentó la diputada María Beatriz Martínez, invocando asimismo que la participación es un derecho tomado en cuenta en las convenciones sobre la materia.

 Los diputados pertenecientes a las filas del PSUV se retiraron de la sesión extraordinaria, sin embargo, William Gil, a nombre de su fracción rechazó la modificación y amenazó con llevarla el acto legislativo al Tribunal Supremo de Justicia usurpador  para su anulación.

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