El pago de intereses del Bono PDVSA 2020 es, en las actuales condiciones, la única opción que permite proteger activos del Estado venezolano y que coloca al Gobierno en una mejor posición para la estrategia de renegociación de la deuda pública.
Antes de que este bono se emitiera, en octubre de 2016, la Asamblea Nacional aprobó un acuerdo en el que cuestionó la operación de canje que llevó a la emisión del Bono 2020, en especial, considerando sus condiciones financieras y la garantía sobre el 50,1% de las acciones de Citgo Holding, Inc., empresa de control de Citgo Petroleum Corporation.
Sin embargo, lo cierto es que contrato de emisión del Bono sigue siendo válido y vinculante de acuerdo con las Leyes de Nueva York, que es el Derecho aplicable. Esto significa que, a pesar del cuestionamiento de la Asamblea Nacional, PDVSA debe pagar los intereses del bono antes del 29 de mayo, pues de lo contrario se generará un incumplimiento.
De acuerdo con las condiciones contractuales del Bono, si PDVSA no paga esos esos intereses, los acreedores podrían tomar control sobre Citgo Holding. Esto pueden hacerlo de manera inmediata y sin tener que acudir a un Juez. Además, en apenas días, podrían poner en venta el 50,1% de las acciones de Citgo Holding, lo que implicaría la pérdida de control del Estado sobre Citgo.
Asimismo, debe considerarse que el incumplimiento del Bono 2020 ocasionará que otras obligaciones que afectan a Citgo caigan también en incumplimiento. Todo ello coloca en riesgo inminente no solo a Citgo, sino al resto de activos del Estado venezolano en el extranjero.
Precisamente considerando lo anterior, desde su nombramiento el Procurador Especial ha agotado todas las opciones para lograr diferir el pago de PDVSA sin éxito. Los fondos que administran un porcentaje importante de los bonos se negaron a eximir a PDVSA del pago. Además, hasta el momento, no se ha logrado obtener una medida que proteja debidamente a Citgo en caso de incumplimiento del pago de intereses.
De otro lado, las condiciones contractuales del bono fueron negociadas para otorgar a los acreedores una garantía perfecta sobre Citgo, que les permite tomar control de esa empresa de manera automática. En esas condiciones, para PDVSA sería muy complicado lograr obtener a tiempo una orden judicial que impida perder control sobre Citgo.
Es igualmente importante señalar que el pago de estos intereses se hará con recursos que, de otra forma, deberían quedar congelados debido a las sanciones impuestas por el Gobierno de Estados Unidos. Esto implica que, en realidad, no hay un costo de oportunidad por el uso de estos recursos, pues éstos solo podrían utilizarse para el pago de intereses.
Asimismo, debe advertirse que el pago de intereses no desmejora los derechos de PDVSA relacionados con las condiciones bajo los cuales el bono 2020 fue emitido. Por el contrario, el Procurador Especial ha preparado una opinión jurídica en la cual se recomienda que el pago se haga bajo protesto, a los fines de permitir a la Asamblea Nacional continuar la investigación sobre la emisión del Bono 2020 que inició en 2016 y que no pudo continuar por el acoso al cual la Asamblea fue sometida por el Tribunal Supremo de Justicia.
De esa manera, al pagar los intereses del Bono 2020 PDVSA estará en mejores condiciones para renegociar esa deuda, considerando especialmente las observaciones que en su momento formuló la Asamblea Nacional. Esto además permitirá proteger debidamente Citgo en cumplimiento del Decreto Presidencial N° 3 que, bajo el control de la Asamblea Nacional, otorga a Citgo la autonomía necesaria para cumplir debidamente su actividad económica.
En resumen, el pago de intereses del Bono 2020 no es solo una consecuencia de una obligación que vincula a PDVSA, sino que además, es la mejor opción que permitirá salvaguardar a Citgo y garantizar las mejores condiciones para el proceso de renegociación de la deuda pública venezolana.
José Ignacio Hernández
Procurador Especial nombrado por el Presidente (e) y de la Asamblea Nacional dip. Juan Guaidó